En efecto, los países, particularmente Colombia, hacen un gran esfuerzo por mostrarse como promotores de los mismos a través de distintas estrategias: campañas publicitarias, instituciones, reglamentación e investigaciones, entre otras. Cuando se lee al respecto, todo parece ideal: un país donde se respeta el derecho a vivir, a ser iguales, a tener un trato digno, a expresar ideas libremente, a la paz, etc.
El papel y la teoría dan para todo, pero en la práctica, ¿los derechos de las personas en realidad se respetan y son para todos en Colombia? Llegar a la respuesta no es muy difícil y menos discutible: no.
No importa de quien se trate Usted: su religión, su edad, su género, su identidad sexual, su forma de pensar o de vestirse; si está en Colombia, el Estado debe propender por la protección de esos derechos de los que es titular, a través de distintos medios, por el simple hecho de ser persona y estar en el territorio nacional, de manera permanente o transitoria.
No olvidemos que Colombia ha suscrito múltiples tratados y convenios internacionales en materia de derechos hvumanos que lo obligan internacionalmente a cumplir con las compromisos allí contraídos, es así como nuestro deber como colombianos, contra todo pronóstico, radica en el ejercicio responsable de la ciudadanía, en hacer valer nuestros derechos, inicialmente a nivel local: reportar, denunciar, solicitar información, en fin, hacer todo lo que esté al alcance de nuestra mano para el ejercicio efectivo de las garantías que en materia de derechos humanos está obligado el Estado colombiano con los habitantes del territorio nacional y posteriormente, de no ser posible la reivindicación de sus derechos a nivel nacional, acudir a Tribunales internacionales donde Colombia pueda actuar como Estado parte.
El litigio en materia de derechos humanos, lo puede hacer usted mismo sin la intervención de un profesional del derecho, tanto en Colombia como en Tribunales internacionales donde no se requiere su presencia sino su participación vía correo electrónico, para lo cual usted debe estar bien informado y pedir información en las instituciones creadas para tal efecto, es por ellos que hemos identificado algunos sitios web donde podrá informarse al respecto para proceder con la reivindicación de sus derechos humanos; por supuesto, no se trata de una cuestión sencilla, requiere de precisión, cuidado y en algunos casos persistencia.
Aprenda a denunciar en cinco pasos:
Primero:
Agotar los recursos judiciales internos: Antes de presentar una denuncia por violación de derechos humanos ante instancias internacionales (ONU), es clave que usted, por regla, haya agotado los recursos judiciales internos establecidos en el Estado en donde se ha producido la presunta violación de derechos humanos que se pretende denunciar.
Segundo:
Posible acceso a justicia gratuita: La presentación de denuncias de posibles violaciones de derechos humanos ante la ONU no exige de la intervención de abogados. Con frecuencia (aunque no siempre es así) para la denuncia judicial (interna) de violaciones de derechos humanos y para la actuación ante determinados mecanismos internacionales (por ejemplo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos) es necesario actuar con abogado (y en ocasiones, es necesaria incluso la intervención de otros profesionales, como los procuradores, en España). Quienes carezcan de recursos económicos suficientes para sufragar los costes de un proceso judicial, deben informarse sobre los mecanismos establecidos en su país para litigar gratuitamente.
Tercero:
Una vez agotada la vía interna (agotando todos los recursos procedentes en dicha vía) o si nos encontramos en uno de esos casos excepcionales en los que no se exige el agotamiento de los recursos internos, hay que decidir a qué mecanismo internacional acudir.
Cuarto:
Debe estudiarse cuáles son los mecanismos de denuncia realmente aplicables o disponibles en cada caso teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
- Naturaleza del derecho vulnerado, debiendo tenerse en cuenta que para determinadas violaciones de derechos humanos se han adoptado mecanismos específicos de supervisión y, en su caso, denuncia (por ejemplo, Comités o Relatores especiales sobre derechos específicos) y que; sin embargo, para otros tipos de violaciones de derechos humanos no se ha establecido ningún procedimiento específico de denuncia más allá de los mecanismos genéricos de denuncia y supervisión (tales como, por ejemplo, el Consejo de Derechos Humanos, el TEDH o la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros).
- Incluso si se han creado determinados órganos específicos establecidos para tratar sobre un determinado tipo de derecho o violación de derechos, habrá que comprobar si esos órganos específicos contemplan la posibilidad de actuar ante denuncias individuales, porque no siempre es así.
- Lugar y tiempo en que se producen las violaciones de derechos humanos que se pretenden denunciar. Este factor debe tenerse en cuenta, por ejemplo, para determinar si un determinado Estado había firmado un determinado Tratado de derechos humanos que, en principio pudiera resultar de aplicación, en el momento de producirse la violación de derechos que se pretende denunciar.
Quinto:
Cada uno de los posibles mecanismos de denuncia e intervención en materia de derechos humanos tiene sus ventajas y desventajas por lo que resulta necesario informarse sobre las ventajas e inconvenientes que ofrecen los diferentes mecanismos susceptibles de ser utilizados en cada caso. Para la elección del mecanismo a utilizar deben de tomarse en consideración, entre otros, los siguientes factores:
- Posibilidad de actuar a partir denuncias individuales.
- Coste económico aparejado (algunos procedimientos requieren la intervención de abogado y otros, como los de Naciones Unidas, no).
- Posibilidad de obtener una reparación a través del mecanismo utilizado.
- Fuerza vinculante de la resolución adoptada.
- Plazos (algunos procedimientos están sujetos a plazos y otros no están sujetos a un plazo concreto).